Resumen esencial
Todos estos casos dejan una estela amarga: en Chile, al consumidor le queda esperar en una larga fila, costosa en tiempo y recursos, con pocas posibilidades reales de éxito y, en definitiva, sin una verdadera protección. Como es de público conocimiento, el 5 de junio la cadena de gimnasios Energy Fitness comunicó el cierre de sus operaciones en medio de un procedimiento concursal seguido ante el 9° Juzgado Civil de Santiago. Esa no es una protección efectiva; es una protección ilusoria.
La noticia, en profundidad
La empresa informó que presentaría una solicitud de liquidación, mientras ya existía una acción judicial del banco BCI destinada a que se declarara el incumplimiento de su acuerdo de reorganización concursal. Según se ha informado, dicho acuerdo había sido aprobado en junio de 2025 y modificado en enero de 2026, en un contexto de obligaciones impagas y severas dificultades financieras. Las empresas pueden fracasar en sus proyectos, enfrentar cambios en su estructura de costos y terminar saliendo del mercado.
Los usuarios disponen de 30 días para verificar sus créditos ante el tribunal y la posibilidad de obtener la recuperación de lo pagado dependerá del resultado del procedimiento y de la prelación de créditos. Están formalmente habilitados para reclamar, pero materialmente expuestos a una apariencia de solución tardía, costosa, técnica y de resultado incierto. La vía que ofrece nuestro actual sistema jurídico al consumidor es comparecer al procedimiento concursal, idealmente con abogado, reunir sus antecedentes, verificar su crédito dentro del plazo legal y esperar.
En la práctica, los 2.500 consumidores que reclamaron ante el Sernac llegarán tarde a una fila que no diseñaron, que no necesariamente comprenden y en la que no gozan de prioridad alguna, sin importar cuántos sean. El consumidor, en cambio, solo ve un abanico de sucursales abiertas, una página web funcionando y un contrato que debiera ser cumplido. La Ley N° 19.496 sobre Protección de los Derechos de los Consumidores y la normativa sectorial concursal no pueden seguir aplicándose sin medios procesales más aptos e idóneos que actúen coordinados entre sí, dejando en evidente desventaja al usuario final…
Lo que debes recordar
- Todos estos casos dejan una estela amarga: en Chile, al consumidor le queda esperar en una larga fila, costosa en tiempo y recursos, con pocas posibilidades reales de éxito y, en definitiva, sin una verdadera protección.
- Como es de público conocimiento, el 5 de junio la cadena de gimnasios Energy Fitness comunicó el cierre de sus operaciones en medio de un procedimiento concursal seguido ante el 9° Juzgado Civil de Santiago.
- La empresa informó que presentaría una solicitud de liquidación, mientras ya existía una acción judicial del banco BCI destinada a que se declarara el incumplimiento de su acuerdo de reorganización concursal.
- Esa no es una protección efectiva; es una protección ilusoria.
- En la práctica, los 2.500 consumidores que reclamaron ante el Sernac llegarán tarde a una fila que no diseñaron, que no necesariamente comprenden y en la que no gozan de prioridad alguna, sin importar cuántos sean.

